Universidad de Salamanca

SISTEMA DE INTERCAMBIO ENTRE CENTROS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES - PROGRAMA SICUE

Plazo de presentación:
30 enero - 20 febrero de 2012

Impreso de solicitud
Convocatoria completa pdf
Normativa 2012/2013

ESQUEMA GENERAL
Oferta de plazas
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Renuncia

Becas Séneca

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SICUE - Curso 2012/2013

La solicitud y adjudicación de una Movilidad SICUE es requisito previo y necesario para optar con posterioridad a la dotación económica (Becas Séneca )

NOTA IMPORTANTE SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS SÉNECA INCLUIDA EN EL CURSO 2011/2012:
Las becas Séneca para el curso 2011/2012 excluían "los proyectos fin de carrera, trabajos de fin de grado y las prácticas como créditos a contabilizar entre los mínimos establecidos como requisitos".

Extracto de la convocatoria, que puede consultarse completa en el documento pdf del margen derecho

Principios generales:

Este programa es el resultado de un acuerdo firmado por todas las Universidades españolas para facilitar la movilidad de los estudiantes universitarios entre centros españoles, dándoles la posibilidad de realizar una parte de sus estudios en otra Universidad y recibir un reconocimiento pleno de estos estudios en sus Universidades de origen.

Requisitos y condiciones

La movilidad puede ser solicitada por los estudiantes de la Universidad de Salamanca, matriculados en primer y segundo ciclo o grado, en las titulaciones incluidas en los acuerdos bilaterales firmados.
Para poder optar a una de estas plazas el estudiante deberá acreditar en la universidad de Salamanca y en la titulación para la cual solicita la movilidad, el cumplimiento de los siguientes requisitos académicos a fecha de 30 de septiembre de 2011:

En los Planes Renovados: tener superados un mínimo de 30 créditos y estar matriculado en 30 créditos más en Diplomaturas, Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica; tener superados 90 créditos y estar matriculado en 30 créditos más en Licenciaturas, Ingeniería y Arquitectura.

En los Planes no Renovados: tener superados como mínimo la mitad de las asignaturas del primer curso de la titulación en Diplomaturas e Ingenierías o Arquitecturas Técnicas y el equivalente a curso y medio en Licenciaturas, Ingenierías o Arquitecturas, y estar matriculado en no menos de la mitad de asignaturas del equivalente a un curso académico.

En las enseñanzas de Grado: tener superados un mínimo de 60 créditos y estar matriculado en 30 créditos más.

Asimismo se establecen los siguientes requisitos para los alumnos de titulaciones de sólo segundo ciclo o bien de un segundo ciclo que no resulte continuación directa del primer ciclo de origen (según los planes de estudio anteriores al RD 1393/2007 de 29 de octubre):
  • Para el primer año de las titulaciones no se podrá solicitar intercambio SICUE.
  • Cálculo de la nota media de estos alumnos: se tendrán en cuenta la media del primer ciclo más los créditos que el alumno pudiera tener superados a fecha 30 de septiembre del año anterior al de la solicitud. Es requisito para solicitar un intercambio SICUE en estos casos estar matriculados de un mínimo de 30 créditos.

Quedan excluidos del programa de movilidad SICUE los planes de estudio de máster y de doctorado.
No se podrán cursar asignaturas calificadas con suspenso con anterioridad en el centro de origen.
Los créditos o materias para las que se solicitan las ayudas deberán formar parte del currículum para completar sus estudios.
Un mismo beneficiario no podrá obtener más de un intercambio SICUE en la misma universidad, ni más de uno en cada curso académico.

Solicitudes

El  impreso de solicitud estará disponible en esta web y deberá entregarse en la Sección de Convocatorias Especiales del Servicio de Becas y Ayudas al Estudio (Patio de Escuelas, 1), en las Secretarías de los Centros o en el Registro General de la Universidad.
Podrán presentarse también por cualquiera de los medios establecidos en el Artº 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se podrá presentar una única solicitud por cada estudiante, con un máximo de tres opciones de intercambio por orden de preferencia.

No se admitirán modificaciones en la solicitud finalizado el plazo de presentación de la misma.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.

Documentación

Junto al impreso de solicitud, sellada y firmada con el VºBº del Coordinador del Centro de origen, se deberán aportar los siguientes documentos:

Memoria justificativa de su petición (máximo 2 folios).
Certificación académica de los estudios cursados hasta el 30 de septiembre de 2011.

Plazos

Presentación de solicitudes: del 30 de enero al 20 de febrero de 2012
Resolución provisional: Antes del 18 de marzo de 2012
Período de reclamaciones y solicitud de vacantes: 10 días naturales desde el siguiente al de la resolución provisional.
Con posterioridad, se publicará la resolución definitiva y se establecerá un plazo para renunciar al intercambio.

Duración de la estancia

La estancia en la Universidad de Destino deberá tener la misma duración que la indicada en los acuerdos bilaterales. A efectos administrativos, la duración de la estancia estará comprendida entre el 1 de Octubre y el 30 de Junio de cada año, con independencia del periodo lectivo de las Universidades.

Procedimiento de selección:

Las solicitudes se ordenarán teniendo en cuenta que cumplan los requisitos de intercambio SICUE (nº de créditos o asignaturas superadas, nº de créditos o asignaturas matriculadas y coincidencia del intercambio solicitado con el indicado en los convenios bilaterales).  A los estudiantes que no cumplan estos requisitos les será denegada la petición sin entrar a valorar su expediente académico.
La selección de candidatos para participar en los intercambios se hará valorando los aspectos académicos y la justificación e interés de la propuesta de movilidad.
Las plazas se distribuirán por orden de puntuación.
No se podrán adjudicar más plazas que las aceptadas en los convenios bilaterales.

Publicada la Resolución Provisional, quienes no hayan obtenido destino podrán solicitar las plazas vacantes en el formulario correspondiente dentro del periodo de reclamaciones y con el Vº Bº del coordinador. La adjudicación se realizará aplicando los criterios de selección anteriores.

El resto de candidatos que reúnan los requisitos pasarán a formar parte de las listas de espera, por si se produjesen renuncias, ordenadas por riguroso orden de puntuación. Estas renuncias sólo serán atendidas mientras no perjudiquen procesos posteriores. (Ej. Becas SÉNECA).

La selección de los estudiantes comprenderá dos apartados diferentes:

Para el cálculo de las notas medias se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas hasta el 30 de septiembre de 2011.

La nota media del expediente académico de cada alumno se calculará de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del  R.D. 1125/2003; esto es: suma de los créditos calificados al alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, de acuerdo con el Baremo recogido en dicho R.D., y dividida por el  número de créditos totales calificados en su expediente en la Universidad de Salamanca.
Se tendrá en cuenta únicamente la calificación obtenida en la última convocatoria, salvo el NO PRESENTADO, que no computará ni en el numerador ni en el denominador.

Los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios no serán calificados numéricamente ni computarán a efectos de cómputo de la media del expediente académico.
Cuando se trate de titulaciones de segundo ciclo, la nota media se hallará teniendo en cuenta las calificaciones obtenidas en los estudios de primer ciclo desde los que se accede a la nueva titulación.
Para las asignaturas adaptadas se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia y el reconocimiento de créditos en que no exista calificación no se tendrá en cuenta a efectos de ponderación.

En aquellos casos en que en un expediente no figure, en todas o algunas de las asignaturas, la calificación numérica recogida en el baremo del artículo 5.4 del  R.D. 1125/2003,  la calificación cualitativa de la asignatura se convertirá en cuantitativa mediante la aplicación del siguiente baremo:
- Matricula de honor: 10 puntos
- Sobresaliente: 9 puntos
- Notable: 7,5 puntos
- Aprobado: 5,5 puntos
- Suspenso: 2,5 puntos

 

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