- 1218:hacia este año el rey Alfonso IX de León funda el
Estudio General. Sus privilegios serán confirmados y aumentados por reyes
posteriores.
- 1254: real cédula de 8 de mayo, dada en Toledo, por el rey Alfonso X, con
normativas de organización y dotaciones financieras. Por ella, quedan establecidas 11
cátedras con disciplinas de derecho canónico, civil, medicina, lógica-filosofía,
gramática y música, sufragadas con cierta asignación de tercias reales sobre el diezmo
eclesiástico. Además, se confirman los privilegios y exenciones concedidos en el pasado
al Estudio salmantino. Es considerada su carta magna constitucional.
- 1255: bula Dignum arbitramur de 22 de septiembre, en la que Alejandro IV
concede validez universal a los grados otorgados por Salamanca (ius ubique docendi),
excepto en París y Bolonia (restricción abolida en 1333). Concedió también al Estudio
salmantino el privilegio de tener sello propio, que implicaba el reconocimiento de la
institución por parte de la Santa Sede, en documento expedido en Anagni, el 15 de julio
de este mismo año.
- 1313: bula de 14 de octubre del pontífice Clemente V, en la que concede la
tercera parte de las rentas de fábrica de la diócesis salmantina (las tercias decimales)
a la Universidad de Salamanca para atender los gastos universitarios. Por otra parte,
Bendicto XIII, en la bula de 31 de marzo de 1416, confirma el acrecentamiento de la
participación decimal universitaria en 2/3 (2/9 del diezmo) en los cuartos de Armuña,
Baños y Peña del Rey, acrecentamiento que provenía de una cesión real anterior
(Enrique II, por real cédula del año 1397).
- 1399: a finales del siglo XIV la Universidad contaba con 500 ó 600
matriculados, en buena medida clérigos.
- 1415: se inicia la construcción del edificio de las Escuelas Mayores.
- 1422: el papa Martín V otorga a la Universidad una bula, fechada en Roma el 20
de febrero de 1422, en la que promulga nuevas constituciones sobre la organización de la
institución. El nuevo cuerpo constitucional, elaborado por una comisión universitaria,
sustituía a las constituciones dadas en 1411 por Benedicto XIII, las más antiguas que se
conservan, y constituirá la base del derecho universitario salmantino. Las constituciones
de Martín V, basadas en las de Benedicto XIII, regulan diversos aspectos de la vida
universitaria: cargos y órganos académicos (crean el claustro de diputados); grados;
conducta, costumbres e indumentaria de los estudiantes...
- 1561: los Estatutos redactados con ocasión de la visita de Diego de Covarrubias
y Leiva fueron aprobados el 15 de octubre de 1561. Se trató de una reforma parcial de la
organización universitaria, basada en normativas anteriores (estatutos de 1538 y de 1551,
tras las visitas de Juan de Córdoba y de Diego Enríquez de Almansa, respectivamente),
con introducción de modificaciones y novedades. De éstas pueden destacarse la
ampliación de las normas relacionadas con el plan de estudios y la prescripción de las
visitas de cátedras. En cuanto a la elaboración de estos estatutos, destaca el hecho de
que el papado haya perdido ya toda iniciativa, siendo sustituido por el Monarca y su
Consejo.
- 1584: en el curso 1584/85 acudían a las aulas universitarias 6.778 alumnos. En
la centuria decimosexta los libros de matrícula registran las cifras más altas de
concurrencia de estudiantes.
- 1594: con motivo de la visita del licenciado Juan de Zúñiga se elaboraron
nuevos estatutos aprobados por el rey (real cédula de 29 de octubre, El Pardo), que
fueron también base del derecho universitario salmantino. Se continuaba, así, una línea
reformadora e intervencionista de y en la institución universitaria por parte de la
Monarquía que ya había dado resultados anteriores: estatutos de 1538 y 1561. Lo más
significativo de estos estatutos reguladores del Estudio es el diseño de un nuevo plan de
estudios, que sustituye casi por completo al de Covarrubias y que consagra ciertos libros,
autores y materias con vigencia hasta las reformas ilustradas carolinas: derecho romano o
justinianeo, en Leyes; decretales pontificias, en Cánones; teología metafísica de
escuelas, en Teología; Galeno e Hipócrates, en Medicina; la filosofía de Aristóteles,
en Artes-Filosofía; Euclides y Ptolomeo, en Astrología/Matemáticas; y los clásicos
latinos y griegos. A estos estatutos siguieron otros complementarios en 1604, tras la
visita de Juan Álvarez de Caldas, y en 1618, tras la de Baltasar Gilimón de la Mota.
- 1600: hacia este año la Universidad contaba con unas 26 cátedras vitalicias y
unas 30 temporales, llamadas cursatorias y regencias, agrupadas en los saberes de
Cánones, Leyes, Teología, Medicina, Artes-Filosofía, Humanidades-Lenguas, Matemáticas
y Música.
- 1625: se edita la recopilación general de las normas universitarias vigentes.
En esta edición recopilada figuran los estatutos de Covarrubias (1561), Zúñiga (1594),
Caldas (1604) y Gilimón de la Mota (1618), excepto los puntos reformados. También fueron
impresas en el mismo ejemplar las constituciones de Martín V (1422) y otras bulas
apostólicas, reales provisiones y cédulas. La recopilación general se convertirá en
una flexible autoridad de referencia jurídica hasta 1771 y las reformas liberales del
siglo siguiente.
- 1641: una real cédula de 11 de diciembre de 1641, dada en Madrid, ordenaba que
la provisión de cátedras pasara definitivamente (ya se había ordenado esto mismo en el
año 1623) al arbitrio exclusivo del Consejo de Castilla. Se suprimía, por tanto, el
sistema de provisión de cátedras por votaciones de estudiantes, que había producido
irregularidades, corrupción y conflictividad. Sin embargo, el nuevo sistema de provisión
de cátedras generó pronto nuevas irregularidades y privilegios que favorecieron a
determinados colectivos, singularmente a los colegiales mayores.
- 1699: en las postrimerías del Seiscientos, la Universidad contaba con 2000
matriculados.
- 1752: real cédula de Fernando VI de 11 de enero (Buen Retiro), completada con
órdenes posteriores del mismo año (real cédula librada en Buen Retiro, a 11 de julio) y
1754 (resolución a consulta del Consejo de 5 de marzo de 1754), por la que se suprime la
pompa en la colación de los grados de doctor y maestro salmantinos, rebajándose
sustancialmente los gastos en estas graduaciones.
- 1771: el plan de estudios dirigido a la Universidad de Salamanca es aprobado y
puesto en vigor por real provisión de 3 de agosto. Las disposiciones en él contenidas
contribuyeron a la introducción de nuevos enfoques y materias de estudio: introducción
de derecho real o patrio en los cursos de licenciatura de Leyes; de materias conciliares y
colecciones canónicas antiguas, en los cursos de la licenciatura de Cánones; aspectos
bíblicos, en la licenciatura de Teología; de la aritmética, geometría, álgebra y
física experimental en Artes/Filosofía. Por otra parte, las reformas articuladas en
torno al plan pretendieron un mayor control del Consejo Real sobre la autonomía
universitaria, reforzando la autoridad rectoral.
- 1807: el plan de estudios de Caballero fue aprobado para la Universidad de
Salamanca por real decreto de 5 de julio y mandado observar en todas las universidades del
reino por real decreto de 12 de julio de este año. Pretendía aplicar un modelo uniforme
y centralizador, el salmantino, a todas las universidades de la Monarquía (fue el primer
plan general para las universidades). Además del control estatal, quedaba reforzada la
figura del rector y se concentraban poderes en los claustros de catedráticos. Se
interrumpió su aplicación por los sucesos de la Guerra de la Independencia.
- 1837: en el marco del programa desamortizador de Mendizábal, la ley de este
año extinguía los diezmos eclesiásticos, que, no lo olvidemos, constituían la fuente
de financiación de las universidades y de la salmantina en particular. En adelante, las
universidades se financiarán a partir de los derechos de matrícula y académicos, así
como de las cantidades otorgadas por los presupuestos generales del Estado.
- 1850: a mediados del siglo XIX la Universidad de Salamanca contaba con 200-300
matriculados.
- 1852: por decreto de 21 de mayo de este año se suprime la facultad de Teología
en las universidades, si bien esta disposición no fue aplicada hasta el año 1868, con la
revolución.
- 1857: la ley de Instrucción pública de este año, llamada Ley Moyano,
encuadró definitivamente a la Universidad salmantina y la enseñanza general del país
dentro del nuevo régimen liberal y centralista, después de un largo proceso de casi 50
años de proyectos y reformas (como el Plan Pidal de 1845). Significa también para la
Universidad de Salamanca una nueva regionalización, al asignarse a la salmantina un
distrito reducido integrado por las provincias de Zamora, Ávila, Cáceres y la propia
Salamanca. Las universidades quedaban dependientes del Ministerio de Fomento, a través de
una Dirección General y un Real Consejo de Instrucción Pública. El rector pasa a
convertirse en una figura política de designación ministerial. Tras la ley Moyano, la
Universidad de Salamanca quedó reducida a las facultades de Derecho, Teología y
Filosofía y Letras; las graduaciones posibles serían las de licenciado en Derecho y
Teología y bachiller en Filosofía. El papel hegemónico tradicional de la Universidad de
Salamanca, como el de las otras "mayores" (Valladolid y Alcalá) pasó a Madrid,
distrito central predominante.
- 1879: se completa el piso superior del edificio de Escuelas Mayores por el
arquitecto José Secall.
- 1904: como contrapartida a la financiación estatal de las hasta entonces
facultades libres de Medicina y Ciencias, financiadas desde el año 1869 por la
Diputación y el Ayuntamiento, son incautados por el Estado los últimos bienes
patrimoniales de la Universidad.
- 1934: este año en la Universidad de Salamanca, 34 catedráticos, ayudados
por 40 profesores auxiliares, impartían clase a 2.258 alumnos, entre oficiales y libres.
- 1940: restauración y establecimiento de la Universidad Pontificia en Salamanca
por Pío XII, el 25 de septiembre, con el fin de acoger estudios eclesiásticos de
Teología y Derecho Canónico. En 1963 sus grados eran reconocidos oficialmente por el
Estado. Se trataba de la primer universidad privada en el ámbito contemporáneo de
Castilla y León.
- 1943: se promulga la Ley de Ordenación Universitaria para toda España, en
julio, la cual mantendría su vigencia hasta la Ley de Villar Palasí, en 1970. Tras las
oportunas depuraciones, la universidad quedó vinculada a las ideologías dominantes del
nacionalcatolicismo tradicionalista, la Falange y los principios del Movimiento. Los
poderes se concentraron en el rector, nombrado desde el Ministerio. La rigidez
administrativa, el control político y la jerarquía constituían la norma.
- 1965: en el curso 1965/66 la Universidad de Salamanca tenía algo más de 6000
alumnos.
- 1970: en el marco de las aceleradas transformaciones sociales de los años
sesenta, la Ley Villar Palasí, en esencia, concedía cierta autonomía a las
universidades en materia de docencia e investigación. En lo institucional, reaparecen los
claustros universitarios con ciertos poderes, con la facultad de presentar una terna para
la elección rectoral por el Ministerio.
- 1974: desde este año, el distrito universitario de Salamanca queda reducido a
las provincias de Ávila, Salamanca y Zamora, ya que Cáceres se integra en la nueva
Universidad de Extremadura.
- 1983: se aprueba y publica la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, L.R.U.
(Ley Orgánica 11/1983 de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, B.O.E. del 1 de
septiembre), la cual pone punto final a los restos del modelo liberal decimonónico y da
comienzo a una nueva etapa de amplia autonomía universitaria y transformaciones
vertiginosas. En este contexto, son aprobados los Estatutos de la Universidad de Salamanca
por real decreto de 29 de mayo de 1985 (B.O.E. del 27 de julio).
- 1986: el 30 de mayo se hace pública la concesión a la Universidad de Salamanca
(y a la Universidad de Coimbra) del premio Príncipe de Asturias de Cooperación
Iberoamericana, que venía a reconocer la intensa cooperación de la salmantina con el
mundo universitario de Iberoamérica.
- 1991: en el curso 1991/92, el número de matriculados en la Universidad de
Salamanca era de 28.950.
- 1995: en mayo se culminan los acuerdos para la transferencia de competencias
sobre las cuatro universidades públicas (Salamanca, Valladolid, León y Burgos) desde el
Ministerio de Educación y Ciencia a la Junta de Castilla y León. De este modo, a la
Junta le corresponde asumir una diversidad de funciones gestoras. Por otra parte, a
comienzos de año, la Junta de Castilla y León acordaba la creación de un único
distrito universitario para la 9 provincias; de modo que el alumnado castellano-leonés
podrá elegir estudiar en cualquiera de las cuatro instituciones académicas públicas de
la región, independientemente del lugar de residencia de sus padres.
- 1997: en el curso 1997/98 la Universidad de Salamanca contaba con una matrícula
de 34.281 alumnos. La Universidad disponía de 18 facultades, 1 escuela técnica superior
y 8 escuelas universitarias.
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